Términos y Condiciones
Transporte de Carga y Encomiendas

Término y Condiciones de Transporte de Carga y Encomiendas PARSA, S.A.

  1. PARSA, S.A. (en adelante denominada AEROLINEAS) desempeña el papel de simple transportador y no asume más responsabilidad respecto a los objetos se le entreguen para su envío que la que en tal carácter le corresponde. En consecuencia no responderá en ningún caso por la pérdida o deterioro que sufran los objetos si van mal empacados o mal dirigidos y en general, en todos aquellos casos en que el daño o perjuicio se origine por culpa del interesado, o por causa de acción de autoridad judicial o administrativa o de personas que obren en representación de estos, ya sea que su proceder sea legal o no, con orden judicial o sin ella.

  2. AEROLINEAS no se hará responsable por pérdida o deterioro de los artículos frágiles o perecederos, si en su envoltura no se expresa claramente esta circunstancia, y no responderá tampoco por el deterioro que pueda originarse de las maniobras normales de aterrizaje.

  3. AEROLINEAS no se hará responsable por pérdidas o daños derivados de guerras civiles, internacionales, cuarentenas, huelgas, motines, accidentes y disturbios de cualquier género y en general, de todos aquellos casos fortuitos de fuerza mayor.

  4. AEROLINEAS no se hará responsable por daños o deterioros que afecten la carga por demoras o retardos en el transporte, cuando los vuelos se retrasen o suspendan por condiciones atmosféricas o meteorológicas desfavorables o por inundaciones parciales de los campos de aterrizajes a consecuencias de lluvias o cualquier otra causa no imputable a la empresa.

  5. En caso de pérdida, daño o extravió, por negligencia debidamente comprobada de los empleados o agentes de AEROLINEAS esta no responderá si no por el valor del objeto u objetos perdidos, dañados o extraviados. Si el embarcador ha solicitado seguro y pagado el cargo adicional este embarque queda asegurado por el valor declarado (limitado a la perdida causada), contra cualquier riesgo de pérdida o deterioro excluyendo acción judicial, guerra o disturbios. Este seguro sujeto a los términos de una póliza abierta, disponibles para inspección por el embarcador. Todos los reclamos deben dirigirse a PARSA, S.A.

  6. AEROLINEAS no será responsable por la pérdida de dinero, piedra y materiales preciosos, valores al portador, joyas y efectos de elevado valor intrínseco estimativo, cuando se depositan por el remitente en calidad de envío ordinario.

  7. Si a juicio de AEROLINEAS fuera necesario retener los artículos en espera de expedición, reexpedición, transporte o entrega de los mismos, la misma queda autorizada para almacenarlos por cuenta riesgo del embarcador o dueño de dichos artículos en cualquier almacén u otro lugar disponible con las autoridades de aduana y el embarcador estarán en obligación de indemnizar a AEROLINEAS contra todos los riesgos y gastos que puedan suscitar.

  8. AEROLINEAS y el remitente señalan, como lugar de cumplimiento de este contrato la ciudad de Panamá, sujetándose a la jurisdicción de los jueces y tribunales de la localidad. Sin embargo queda al arbitrio de AEROLINEAS entablar demanda en el lugar en que residen el remitente o consignatario.

  9. AEROLINEAS no asume obligación alguna de transportar o entregar artículos en determinado tiempo, transportados por avión determinado u otro vehículo o por una ruta o rutas determinadas o de haber conexiones en cualquier punto de acuerdo con determinado itinerario. AEROLINEAS estará autorizada para seleccionar y desviarse de la ruta de embarque aunque la misma se especifique en la guía. Así mismo, AEROLINEAS no se obliga a efectuar la entrega a domicilio.

  10. AEROLINEAS enviará las mercancías entregadas a su despacho en el primer avión disponible, pero sin compromiso de transportarlo en un avión determinado ni entregarlas en un día señalado, tal como queda consignado en la cláusula N° 9. Además no habiéndose abierto los bultos de mercaderías AEROLINEAS ignora su contenido y no se hace responsable por él.

  11. Queda determinadamente prohibido despachar por la vía aérea explosivos de cualquier género, líquido o materiales inflamables o corrosivos y materias grasosas o fácilmente licuables, que puedan perjudicar los demás envíos. Las personas que mediante falsas declaraciones logren entregar estos artículos quedaran sujetas a la responsabilidad consiguiente en caso de daño o accidente.

  12. Si AEROLINEAS se encontrase en la imposibilidad de remitir los artículos por causa de hechos existentes o anunciados, o en caso de necesidad física o de cualquier emergencia, ya sea porque fuera peligroso o impráctico hacer el vuelo o proseguir la ruta, la misma queda autorizada para almacenar los artículos consignados en la guía aérea, en el sitio más cercano y practico u otro lugar de almacenaje, todo ello por cuenta o riesgo del embarcador, consignatario o dueño de dichos artículos. La entrega de los artículos en la forma expresada, constituirá una validad y final entrega de los mismos considerándose por el mismo hecho, terminadas las estipulaciones y responsabilidades aquí especificadas, una vez se haya dado aviso necesario al embarcador, consignatario o dueño, de la decisión llevada a cabo en vista de las circunstancias de que se habla.

  13. Si fuere necesario hacer entrega de los artículos en una aduana para el pago de los derechos correspondientes, antes de que las mismas llegaren al punto de su destino, los artículos, amparados con la Guía Aérea quedaran consignados en dicho lugar a la persona designada en la Guía Aérea por el embarcador como consignatario de aduanas, o si no lo hubiere, a AEROLINEAS en aquel punto o lugar, sin responsabilidad por parte de AEROLINEAS por tal concepto. Para los fines de hacer la entrega la aduana de los artículos que cubren la guía aérea y de cumplir con los requisitos gubernamentales en relación con los mismos y únicamente con estos fines, se estimara como original, un ejemplar de la Guía Aérea debidamente certificada.

  14. Los cargos totales por el transporte de los artículos aquí enumerados y cualesquiera sumas adicionales, honorarios, derechos, impuestos, gastos, anticipos en que incurre AEROLINEAS por la razón de los objetos que apare la Guía Aérea, se estimaran total e irrevocablemente causados hayense o no perdido o averiado dichos objetos o hayan o no llegado los mismos a su destino considerándose tales sumas debidas pagaderas en cualquier momento, durante la ejecución del servicio estipulado en la Guía Aérea.

  15. Cualquier error en los cargos de transporte, o demás cargos, en la descripción o clasificación de los artículos estará sujeta a rectificación por cualquiera de los agentes de AEROLINEAS. El embarcador y/o dueño de los artículos, será mancomunada y solidariamente responsables por todas las cantidades adicionales.

  16. Sin que esto constituya una limitación, a las demás manifestaciones hechas por el embarcador, está prohibido por alguna ley o reglamento del gobierno.

  17. El embarcador, consignatario y dueño serán responsables mancomunadamente y solidariamente por toda perdida, avería, daño o accidente total, Causado por los artículos enviados si los mismos por naturaleza son susceptibles de causar perdida, avería, daño o muerte, a menos que esto fuere ampliamente revelado por el embarcador, en el anverso de la Guía Aérea, en cuyo caso dichos artículos podrán ser abandonados o destruidos en cualquier momento sin ningún aviso o comprobación.

  18. El embarcador consignatario y dueño de los artículos serán responsables mancomunadamente y solidariamente del pago y resarcimiento al porteador por los cargos, anticipos y desembolsos pendientes de pago al porteador y de todos los costos, gastos, expensas, multas, penas, pérdidas de tiempo y prejuicios en los cuales el porteador, o sus agentes pueda incurrir o sufrir por razón de ilegalidad, inexactitud o insuficiencia en las marcas, numeración, origen dirección o embalaje de los bultos o la descripción de los artículos, o por razón del efecto, demora o inexactitud de cualquier permiso de exportación o certificado consular, sanitario o demás certificados y documentos exigidos o de cualquier avalúo aduanal improcedente o declaración inexacta de peso o volumen o de aquellos que conforman a las disposiciones de la Guía Aérea, debieran ser sufragadas y pagadas por el embarcador, consignatario y/o dueño de los artículos. El porteador por consiguiente tendrá un derecho preferente, de cobros, sobre los artículos porteados por el importe de tales sumas sin que dicho derecho preferente pueda ser en manera alguna afectado, perdido o perjudicado por razón de confesión y de pago, a menos que este, fácilmente se viera afectado por razón de la entrega de los artículos, por cesión de posesión de los mismos. Nada de lo consignado en este documento deberá interpretarse como obligación o responsabilidad alguna de parte del porteador o de sus agentes para subsanar o ejecutar otros actos semejantes en relación con la ilegalidad, Inexactitud en las marcas, numerador, origen, dirección, embalaje, avalúo o descripción de los artículos o inexacta declaración de pago o volumen.

  19. Por el solo hecho de remitente, a AEROLINEAS, el envío a que el presente recibo se refiere, acepta las condiciones que anteceden.

  20. AEROLINEAS no es responsable por el daño o la pérdida que sufra la carga cuando el daño o pérdida se deba a la naturaleza o vicios propios de la cosa.

  21. AEROLINEAS no aceptará reclamo alguno de parte del remitente, destinatario o embarcador, de conformidad con las condiciones advierte a cada uno de ellos, que al recibir o hacer uso de la Guía Aérea sea que la firme o no, renuncia voluntariamente a todo reclamo.

TRANSPORTADOR

PARSA, S.A.

EMBARCADOR

Es la persona natural o jurídica, remitente del paquete, que actúa en nombre propio, representando al destinatario o en nombre de terceros que tenga interés en el paquete.

DESTINATARIO

Receptor o consignatario del paquete a título personal o en nombre de terceros interesados.

SERVICIO

Comprende la recepción, traslado, y entrega del paquete que ha sido consignado por el cliente, y cuyo pago corresponde al mismo.

GUÍA

Documento o ticket de transporte, no negociable.